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Son Funciones de la CIAO:

a.      Monitorear el entorno internacional que incide sobre la actividad orgánica de la región; dar señales de alerta a los Estados Miembros de la CIAO y propiciar la construcción de posiciones públicas – privadas, o estrategias regionales colegiadas en temas relevantes para la actividad;

b.      Propiciar el desarrollo de foros de discusión electrónicos y estudios, en temas relevantes que atañen al funcionamiento de las oficinas de las Autoridades Competentes y al desarrollo general de la agricultura orgánica;

c.       Propiciar foros de capacitación, virtuales o presenciales, en temas relevantes para el fortalecimiento de las oficinas de las Autoridades Competentes  y para el desarrollo general de la agricultura orgánica, privilegiando las capacidades hemisféricas existentes;

d.       Asesorar y colaborar con los Estados  Miembros de la CIAO que correspondan, en los procesos de formulación de sus normativas de agricultura orgánica y en la implementación y consolidación de las oficinas de las Autoridades Competentes;

e.        Propiciar la cooperación horizontal entre los Estados Miembros de la CIAO para facilitar el intercambio de información y de experiencias que permitan  aproximar los niveles de desarrollo en el tema de la agricultura orgánica;  

f.        Asesorar y colaborar con las autoridades del sector agropecuario de los Estados Miembros de la CIAO, y con otras vinculadas al mismo, cuando así lo requieran, respecto a sus decisiones en temas vinculados a la agricultura orgánica; 

g.        Recopilar, concentrar y socializar la información de interés de los Estados Miembros de la CIAO y mantener actualizada una base de datos sobre agricultura orgánica con la información oficial de las oficinas de las Autoridades Competentes, y otra información de interés para apoyar los procesos de toma de decisiones de los actores de la actividad; 

h.       Elaborar anualmente un informe de situación de la agricultura orgánica en las Américas, con información que suministrarán las Autoridades Competentes de la CIAO a requerimiento de su Secretaría Técnica. 

i.         Informar sobre eventos relevantes que atañen al desarrollo de la agricultura orgánica y que puedan ser de interés de los Estados Miembros de la CIAO;  

j.         Coordinar acciones y establecer posiciones con los organismos de cooperación internacional multilateral y otros, que apoyan acciones en agricultura orgánica, especialmente en foros internacionales;  

k.       Actuar como órgano asesor principal de los Estados Miembros de la CIAO, del IICA y de otras entidades que lo requieran, en temas relacionados; 

l.         Considerar otros asuntos relacionados con la cooperación interamericana en el campo de la agricultura orgánica que le encomiende el Comité Ejecutivo del IICA; 

m.     Presentar al Comité Ejecutivo del IICA -por intermedio del Director General del IICA- un informe anual sobre sus actividades, lo que podrá incluir recomendaciones y proyectos de resoluciones para su consideración; 

n.       Establecer relaciones de enlace y cooperación con otras entidades similares en la Américas a fin de lograr objetivos mutuos; 

o.       Movilizar recursos para la realización de sus actividades de acuerdo con el artículo 24 de este Estatuto.

 

 

 


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